Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 152. Tips Buen Gobierno 34. Reforma, pertinencia, divulgación y vigencia del Código de Buen Gobierno

Publicado por Secretaria.general el 17/3/2023 (62 lecturas)

 Desobediencia debida y garantías procesales

 
Ningún Órgano Colegiado, alguno de sus miembros, Órgano de Gobierno, empleado de dirección, confianza o manejo que tenga línea de autoridad funcional o jerárquica, sobre otros, podrá inducir, sugerir u ordenar la realización de conductas o la omisión de las mismas, contrariando la Ley, el orden público, las buenas costumbres, el Estatuto General, el Código de Buen Gobierno, los reglamentos, políticas, y lineamientos internos. Ninguno de los empleados estará obligado a realizar u omitir acciones que contraríen o vulneren lo acá indicado, teniendo el deber de denunciar a quien corresponda, cuando esto acontezca. Quien dé órdenes en este sentido, incurrirá en falta disciplinaria.

En toda actuación institucional, se respetarán las garantías procesales que implican las formalidades, términos establecidos, órganos competentes, derecho de contradicción y todo lo que implique un debido proceso.

Control de legalidad
 
Se delega el control de legalidad, para el cumplimiento de lo preceptuado en este código, a:

El Rector General, frente al cumplimiento de los procesos y políticas de transparencia y Buen gobierno de todas las Unidades de la Institución, que se encuentran bajo su Dependencia Orgánica y funcional.

El Consejo Superior, frente a sí mismo, el cumplimiento de su Reglamento Interno como Órgano Colegiado y al Rector General, frente a sus derechos, deberes y prohibiciones; Representante Legal Suplente, Rectores de Seccionales, Revisor Fiscal, sin perjuicio de tener conocimiento y proponer correctivos frente a toda la marcha institucional.

El Revisor Fiscal, de manera independiente y con la posibilidad de generar alertas y proponer correctivos.

El Secretario General, frente al cumplimiento de las normas externas e internas o este Código de Buen Gobierno, con la posibilidad de generar alertas a quien corresponda, hacer llamados, comunicar a los Órganos de Gobierno y proponer correctivos.

Cada una de las Unidades, en sus diferentes niveles, frente a los procedimientos, responsabilidades y lineamientos que les corresponde.

Cualquier persona de la Institución o aún externa, que tenga conocimiento de conductas reprochables de los empleados, que pretendan lesionar o vulneren efectivamente la transparencia institucional planteada en éste Código o incumplan el mismo en su letra o finalidad, podrá ser denunciada ante la Secretaría General, siempre que se identifique a plenitud el denunciante y aporte pruebas, siquiera sumarias, de las cuales se pueda inferir en una responsabilidad. Las denuncias podrán hacerse al correo electrónico buengobierno@amigo.edu.co o por cualquiera de los canales de comunicación establecidos.

La Secretaría General indagará preliminarmente e informará al Rector General y al Consejo Superior, con miras a tomar las medidas correctivas inmediatas, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan. Si las quejas son contra la Secretaría General, deberán colocarlas ante la Rectoría General, en calidad de superior jerárquico.