Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 123. Lineamientos para la presentación, aprobación, ejecución presupuestal y la ordenación del gasto en la Universidad. Resolución Rectoral N° 59 del 20 de octubre de 2021

Publicado por Secretaria.general el 17/2/2023 (139 lecturas)

Dentro de las políticas de transparencia y orden en los procesos que se ha fijado esta administración rectoral y siguiendo los lineamientos del Estatuto General, el Código de Buen Gobierno y Transparencia, la Estructura Orgánica, el Decreto 1330 de 2019 y con los conceptos técnicos de diferentes unidades institucionales, el Rector General, mediante Resolución Rectoral N° 59 del 20 de octubre de 2021, determinó los lineamientos para la presentación, aprobación, ejecución presupuestal y la ordenación del gasto, en la Universidad Católica Luis Amigó.
 
Sobresale en esta disposición:
 
- Principios.
 
- Quiénes son los competentes.
 
- Planeación del presupuesto institucional, considerando los fines de acreditación y autoevaluación, desarrollo de funciones sustantivas, articulación con los centros regionales, entre otros.
 
- Análisis y aprobación del presupuesto.
 
- Planes semestrales de gastos.
 
- Evaluación de los planes semestrales de gastos.
 
- Divulgación de la aprobación y ejecución presupuestal que incluye acompañamiento y seguimiento al presupuesto con las Unidades.
 
- Proyección de flujos de caja.
 
- Solicitudes para la ejecución presupuestal.
 
- Ordenación del gasto y desembolsos por parte del Rector General.
 
- Delegación y ordenación del gasto y desembolsos a la Dirección Administrativa y Financiera.
 
- Celeridad para la autorización del gasto (no mayor a 8 días hábiles).
 
 - Delegación ordenación del gasto representante legal suplente.
 
- Delegación ordenación del gasto  para directores de centros regionales.
 
- Traslados y adiciones presupuestales. 
 
- Cumplimiento disposiciones procesos y procedimientos institucionales.
 
- Competencia prevalente de la Rectoría General, máximo ordenador del gasto.
 
- Vacíos
 
- La presente disposición rige a partir de la fecha.
 

Se anexa el texto. 

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