Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 81. De interes: institutos y centros de investigación podrán ofrecer Maestrías y Doctorados. Ley 2142 del 10 de agosto de 2021

Publicado por Secretaria.general el 17/2/2023 (82 lecturas)

 Mediante la ley 2142 del 10 de agosto de 202, el Congreso de la República, autorizó a los institutos y centros de investigación ofrecer y desarrollar programas académicos de Maestría y Doctorado. 

 
Se destaca lo siguiente:
 
- Deberán estar reconocidos por el MinCiencias o quien haga sus veces.
 
- Deberán tener registro calificado.
 
- Servirán Maestrías y Doctorados en un área específica del conocimiento.
 
- Lo podrán hacer directamente o através de convenios con universidades.
 
- Se tendrán en cuenta criterios académicos, científicos, de innovación y harán parte del SACES.
 
- Obtenido el reconocimiento por MinCiencias, el Ministerio de Educación, adelantará el trámite del registro calificado.
 
- Los programas que ofrezcan los institutos y centros de investigación, contarán con un registro y código SNIES.
 
- Los institutos y centros se definen como organizaciones públicas, privadas o mixtas, cuya misión es desarrollar investigación básica o aplicada.
 
- Se clasifican como autónomos o independientes, dependientes, públicos de I+D.
 
- Los que sean de carácter privado, deberán ser personas jurídicas, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones o fundaciones, para poder obtener registro calificado.
 
- Estos institutos y centros también podrán ofrecer programas académicos de manera virtual, siempre que garanticen una infraestructura digital. 
 
- Los institutos y centros que ofrezcan Maestrías y Doctorados, estarán sujetos a las normas de inspección y vigilancia que rigen la educación superior en Colombia.
 
- Como ejemplo, se podrán realizar Maestrías y Doctorados, con titulación así: del Instituto Nacional de Cancerología, Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta, Instituto Nacional de Salud, Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica), Instituto Colombiano de Geología y Minería, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Centro de Investigación de las Telecomunicaciones, Fundación Cardiovascular de Colombia, Instituto CINARA, Centro Internacional de Física, Instituto de Centros Políticos y Relaciones Internacionales, Corporación Centro de Investigación en Palma de Aceite, CINDE, entre otros, siempre que cumplan con los requisitos de esta ley y la reglamentación que se expida al respecto.