Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 96. Informe preliminar proceso electoral año 2022. Acta inicial de escrutinio 02 del 11 de mayo de 2022.

Publicado por Secretaria.general el 6/2/2023 (202 lecturas)

Se anexa el primer escrutinio electoral de los procesos adelantados entre el 5 y el 7 de mayo de 2022.

Se observa:

Estamento número de votos:

Estudiantes: 3532


Graduados: 492

Votos no marcados: 216. De ellos 34 pudieron haber incidido frente a los dos primeros lugares en la representación de los estudiantes ante el consejo Superior, dado el estrecho margen. .

Cualquier inquietud sobre éstos para determinar  los órganos colegiados en los cuales se identificaron pueden consultarla con el Sistema Universitario de Información.

Votos en blanco: no se tiene información consolidada, lo cual pueden consultar en el Sistema Universitario de información (SUI).

Como observaciones se destacan:

- Bajísima participación institucional, lo cual puede obedecer al sistema, al liderazgo de quienes deben motivar en los programas y sedes, al poco interés por participar en las distintas representaciones, entre otros.

- Baja eficiencia del sistema implementado por las demoras para cargar la información, dificultades en el acceso, retardo en los resultados y la desmotivación generada en los votantes por las dificultades presentadas.

- Tener en cuenta que los porcentajes de votación no corresponden a la población total que está facultada para votar por determinado estamento, sino a la forma como se redistribuyen los porcentajes en relación con el número de votos efectivamente realizados. por ejemplo, hay candidatos que ganaron con un solo voto y se establece con el 100% de la votación.  
 
Términos para impugnaciones y procedimiento (Acuerdo Superior 02 del 09 de febrero de 2021).

"ARTÍCULO QUINTO. Garantías electorales. En cada proceso electoral se constituirá un Tribunal de Garantías Electorales, encargado de velar por las diferentes garantías que deben permear dicho proceso, en cumplimiento de los mecanismos electorales establecidos en la Ley. Estará conformado por: El Secretario General, quien lo presidirá, el Director del Consultorio Jurídico de Medellín, el Jefe de la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Públicas, el Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, un representante de los Decanos, designado por el Vicerrector Académico y el Coordinador del Departamento de Educación Virtual y A Distancia.
 
Dicho tribunal tramitará las nulidades y demandas electorales, según el procedimiento que describe a continuación:
 
Las demandas deberán realizarse entre los 3 días hábiles siguientes a la publicación de las personas elegidas, mediante escrito acompañado de pruebas o evidencias dirigidos al tribunal de garantías electorales. Dicho Órgano Colegiado, tendrá 5 días hábiles para admitir, recaudar pruebas, solicitar otras que considere pertinentes y presentar un fallo que conceda o no la solicitud del demandante.
 
Esta decisión será notificada al correo electrónico institucional del demandante o el que haya indicado en su petitorio. La notificación se realizará dentro de los 2 días siguientes. Surtida la misma, podrá presentar el recurso de reposición, dentro de los 2 días siguientes, el cual deberá ser resuelto por el tribunal, dentro de los 5 días siguientes, (los días se contarán como hábiles)".

Quienes interpongan recursos deben hacerlo por escrito y radicado en la Oficina para la Administración de Documentos, dirigidos al tribunal de garantías electorales. 

Transcurrido el término para resolver recursos se determinarán los elegidos en aquellos órganos y representaciones en los cuales se resuelva la impugnación.

En aquellos no elegidos se organizará otro proceso de votación.

Se anexa el acta y el escrutinio.  

 

Archivos adjuntos