Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 12. Procedimiento institucional para solicitud de permisos y licencias

Publicado por Secretaria.general el 24/1/2023 (464 lecturas)

 El Artículo 26 del Reglamento Interno del Trabajo establece lo relativo a licencias y permisos de los empleados (administrativos y docentes), al igual que la escala de autorización, tanto en Medellín como en los Centros Regionales.

 
Con el fin de uniformar el proceso, dejar las constancias respectivas en la hoja de vida de cada uno de los empleados y coordinar lo relativo con la ARL, en caso de ausencias en la Institución y los posibles riesgos que se generen, se determina la implementación, a partir de la fecha, del formato que se anexa, para permisos o licencias de empleados administrativos y docentes. La evidencia del permiso será el formato completamente diligenciado y solo se hará efectivo cuando sea recibido en la Oficina de Relaciones Laborales. 
 
Téngase en cuenta que toda solicitud de permiso debe contar con la autorización previa, firmada, expresa e ineludible del jefe inmediato, dentro de las líneas de manto establecidas en la Estructura Orgánica, así el jefe haya delegado la función en docentes de apoyo que cumplan funciones de coordinación (se delega la función y no la responsabilidad.) Por tal razón, el superior jerárquico, dentro de la escala de autorización, no podrá conceder permisos, sin verificar previamente la autorización del jefe inmediato, reflejada inequívocamente  en el formato. 
 
Este formato no funciona para licencias de Ley como maternidad o la de luto, que son obligatorias.
 
Las solicitudes de licencias y permisos no se harán por otros medios informales a saber: llamada telefónica, correo electrónico, Whatsapp, cartas no radicadas, carta radicadas, comunicación verbal informal, por conducta concluyente, entre otros. 
 
Las escalas de autorización para permisos son: 
 
Escala de autorización para sede Medellín
 
Todo personal
Un día de permiso:  (autorización jefe inmediato) 
Personal con Responsabilidades Administrativas
Hasta dos días de permiso (Autorización del Coordinador del Departamento de Gestión Humana)
Desde tres hasta cinco días (Autorización del Coordinador de la Oficina de relaciones Laborales)
Personal con Responsabilidades Docentes o investigativas
Hasta cinco días (Autorización del Vicerrector Académico)
Todo personal
Seis días o más, con autorización del Rector General
Escala de autorización para Centros Regionales
Todo personal
 Un día de permiso:  (autorización Director Centro Regional) 
Personal con Responsabilidades Administrativas
Más de un día de permiso para personal con responsabilidades administrativas (autorización de la Rectoría General)
Personal con Responsabilidades Docentes o investigativas
Dos días de permiso (Autorización de la Vicerrectoría Académica)
Todo personal
Tres o más días de permiso (Autorización de la Rectoría General)
 
Ningún jefe inmediato está autorizado para conceder permisos que excedan de un día y siempre con el formato debidamente diligenciado y aportado previamente a la Oficina de Relaciones Laborales.
 
Los permisos no se presumen. Los permisos se dan siguiendo los lineamientos institucionales: esto es autorización previa, expresa, escrita en formato institucional y radicada ante la oficina de Relaciones Laborales. 

SOLO SERÁ ESTE FORMATO Y DEBIDAMENTE ALLEGADO A RELACIONES LABORALES, CON UN CARÁCTER PREVIO AL INICIO DE LA LICENCIA O EL PERMISO.