Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 96. ¿Para qué sirve un título Honoris Causa?

Publicado por Secretaria.general el 14/3/2023 (134 lecturas)

 El artículo 89 del Reglamento Estudiantil de Pregrados establece que "La Universidad Católica Luis Amigó podrá conceder títulos de Honoris Causa, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto apruebe el Consejo Superior". De la misma manera está establecido en el artículo 102 del Reglamento Estudiantil de Posgrados.

 
El Acuerdo Superior 02 del 6 de marzo de 2018, determinó las distinciones y reconocimientos honoríficos en la Universidad Católica Luis Amigó. En los artículos 4 al 8 del mismo, establece lo siguiente:

"Artículo 4°. El Grado de Doctor Honoris Causa se podrá conferir por la Rectoría General a quienes se hayan distinguido por sus contribuciones al desarrollo de las ciencias, las humanidades, las artes, la tecnología, la cultura o al desarrollo social. 

El Grado de Doctor Honoris Causa se conferirá mediante un pergamino que mencionará el nombre del galardonado y las razones o motivos por la que se ha hecho acreedor a la distinción conferida, así como la fecha de la ceremonia de entrega. Será firmado por el Rector General y el Secretario General. Se adjuntará también el diploma respectivo, el acta y la resolución que lo confiere. En la ceremonia se tomará el juramento respectivo.

Artículo 5º. Podrán proponer candidatos para el otorgamiento del Grado de Doctor Honoris Causa los siguientes: el Consejo Superior, el Rector General, el Comité Rectoral y los Comités de Dirección en los Centros Regionales. 

Los candidatos propuestos deberán ser presentados inicialmente ante el RectorGeneral, quien, valoradas las razones y méritos expuestos, podrá discrecionalmente conferirlo. La misma deberá estar acompañada de una descripción detallada del currículum vitae del candidato y de una carta de postulación en la cual se destaquen los méritos por los que se considera que el
postulado reúne las cualidades para ser distinguido con el Grado de Doctor Honoris Causa.

Ningún candidato a título Honoris Causa deberá tener antecedentes disciplinarios, penales o éticos que pongan en entredicho la honorabilidad e integridad moral del candidato. Bajo ningún supuesto ninguna persona recibirá más de un Doctorado Honoris Causa de la Universidad Católica Luis Amigó.

Artículo 6º. La ceremonia de entrega del Grado de Doctor Honoris Causa se llevará a cabo con la presencia de los representantes de toda la comunidad universitaria e invitados del Doctorando.

Artículo 7º. La fecha de la ceremonia será acordada con la Secretaría General, quien para designarla considerará la agenda del candidato.

Artículo 8º. La ceremonia se iniciará con la lectura de la semblanza del homenajeado, la cual estará a cargo de un miembro de la comunidad universitaria. Acto seguido, el Rector General hará uso de la palabra y, posteriormente, se conferirá el Reconocimiento respectivo, previa lectura del acto administrativo que lo confiere, la toma del juramento, la entrega del diploma, el acta y el pergamino respetivo. La ceremonia culminará con el discurso del galardonado y la lectura del acta de la sesión por parte del Secretario General o quien haga sus veces en el
acta."

TÍTULOS HONORIS CAUSA ENTREGADOS POR LA UNIVERSIDAD CATÓLICA LUIS AMIGÓ

En los 35 años de funcionamiento de la Universidad Católica Luis Amigó, se han entregado 6 títulos Honoris Causa, a saber:
 
1. Doctor Juan Francisco Pérez Mercado. Título Honoris Causa de doctor en Derecho, septiembre 17 de 2004.
 
2. Padre Marco Fidel López Fernández. Título Honoris Causa de Licenciado en Pedagogía Reeductiva, según Acuerdo Superior N° 16 del 5 de octubre de 1999.
 
3. Doctor Alejandro Francisco Martín Carrero. Título Honoris Causa en Farmacodependencia, según Acuerdo Superior N° 04 del 7 de junio de 2005.
 
4. Doctor Jaime Sanín Echeverri. Título Honoris Causa de doctor en Ciencias Humanas, según Acuerdo Superior N°03 del 9 de mayo de 2006.
 
5. Padre Juan Antonio Vives Aguilella. Título Honoris Causa de doctor en Pedagogía, Acuerdo Superior N° 14 del 5 de junio de 2007.
 
6. Doctor Antonio Yepes Parra. Título de Honoris Causa de Doctor en Educación, Acuerdo Superior N° 14 del 1 de octubre de 2013.
 
 
¿Qué es un Título Honoris Causa?
 
El Honoris Causa es una locución latina que significa "por causa de honor" y que conceden las universidades, asociaciones profesionales, academias o colegios a personas eminentes que se han destacado en diferentes ámbitos profesionales, como puede ser la academia, las artes, las letras, la tecnología, la cultura, entre otros. Recibir este título (distinción), implica al homenajeado al cumplimiento de deberes a mantener la buena reputación en su campo de desempeño, al merito y acciones de servicio, a preservar un testimonio social, reconocido e intachable. 
 
En el contexto español, implica humildad sin deslumbrar, luchar, su alianza con la sabiduría, la pureza en el trabajo, el honor y la valía, el descubrimiento de la ciencia y el compromiso de enseñar, orientar y mostrar la magnificencia en la Universidad y en la sociedad.
 
¿Es un título o es una distinción?
 
A pesar de que se denomine título, es una distinción que se entrega y no un título académico. Por lo tanto, no lo habilitan para el desarrollo de una profesión y no reemplazan el título correspondiente.
 
Quien tenga un título Honoris Causa, no debe acreditarlo en su hoja de vida como título, si no como una distinción o reconocimiento recibido. Por lo tanto, no vale para asemejarlo a títulos profesionales, reunir requisitos para ascensos en el escalafón o participar en convocatorias que exijan un determinado perfil, por ejemplo, un doctorado y se pretenda convalidar con un título Honoris Causa.
 
¿Está reglamentado en Colombia?

El Ministerio de Educación, no ha expedido ninguna reglamentación al respecto, pues un título Honoris Causa, no conduce realmente a ningún título profesional en cualquiera de los niveles de pregrado o posgrado. Por lo tanto, ésta es una reglamentación propia de las instituciones de Educación Superior, asociaciones, institutos u otros que deseen ofrecerlo.
 
Por lo tanto, para ofrecer títulos Honoris Causa, no se requiere permiso del Ministerio de Educación Nacional, ni registros calificados, tampoco SNIES, ni que la institución ofrezca programas en el nivel y la disciplina en que se pretenda dar la distinción Honoris Causa. Por ejemplo, una institución técnica o tecnológica, también podría ofrecer títulos de doctor Honoris Causa, pues lo que se pretende no es habilitar para el desempeño de una disciplina o profesión, sino realizar un reconocimiento a las cualidades particulares de una persona.
 
¿Entonces para que sirve el Honoris Causa?
 

Pragmaticamente, es solo una distinción en Honor a la causa de una persona, en razón de especiales virtudes. Podrá exhibirlo solo como un reconocimiento o distinción, sin repercusiones para efectos de ejercer una profesión o disciplina.