Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 63. Nuevo Código de Buen Gobierno y Transparencia. Acuerdo Superior 03 del 13 de agosto de 2019

Publicado por Secretaria.general el 10/3/2023 (395 lecturas)

 Por primera vez, en sus 35 años de existencia, la Universidad Católica Luis Amigó, adoptó un Código de Buen Gobierno y Transparencia, lo que implica la formalización del gobierno institucional, en sus reglamentos, procedimientos, deberes, prohibiciones, responsabilidades, mecanismos de control, en un esfuerzo de autoregulación, por blindar sus actuaciones, en los términos de la legalidad, la ética, la conveniencia institucional, el desarrollo del objeto educativo y la perspectiva de desarrollo y crecimiento. 

 
El Honorable Consejo Superior, debatió desde finales del año 2018 este nuevo Código, lo que implicó varias sesiones de trabajo, que controla las actuaciones, de los Órganos de Gobierno unipersonales, como la Rectoría, sus dependientes y los Colegiados, como el Consejo Superior y aún el Consejo Académico.
 
El Buen Gobierno, implicó que algunas de las prerrogativas que tradicionalmente tenía el Rector, fueran cedidas en decisiones que ya no serán de naturaleza personal, sino colegiada, consultiva y aún decisoria con el Consejo Superior.
 
Dentro de los aspectos de este Código se destacan:
 
- Un marco teórico y conceptual que define, contextualiza, justifica, se soportan referentes legales y plantea unos objetivos de naturaleza general y especifica.
 
- Un contexto institucional en la perspectiva de relacionamiento con grupos de interés, sistema de gestión, aseguramiento de la calidad, autoevaluación y autoregulación.
 
- Un marco desde la planeación interna con sus planes institucionales PEI y la referencia a una estructura organizacional.
 
- La invitación a una toma de decisiones con efectividad organizacional, un sistema de seguimiento, evaluación y el planteamiento a una política de Buen Gobierno en la Universidad Católica Luis Amigó. 
 
- Desde la orientación estratégica establece los principios del Buen Gobierno, la identificación y naturaleza de la Institución, sus principios de conducta universitario, políticas para la dirección y compromisos con los procesos misionales.
 
- Se realiza un reglamento interno del Consejo Superior con una formalización exigente en sus procesos, competencias, con prohibiciones, responsabilidades disciplinarias, con exigencias de cualificación institucional, alternativas de solución de conflictos, la posibilidad de exigir rendiciones de cuentas y de solicitar auditorias en aras de la transparencia, cumplimiento de deberes y restricciones que se alejan de todo privilegio institucional.
 
- Respecto del Rector General, se establecen prohibiciones, deberes, controles y se restan discrecionalidades que habitualmente tenía, las cuales se armonizan con decisiones y autorizaciones colegiadas del Honorable Consejo Superior.
 
- Se generan políticas frente al personal administrativo y docente, relacionadas con su vinculación, remuneración, ascensos internos, prerrogativas, límites a sus actuaciones y se articulan con políticas de continuidad, retiro, vinculación ya expresadas en otras políticas.  
 
- Se establecen limitantes frente a los pensionados, en relación con su continuidad, bajo la línea de la intención institucional de vincular nuevas generaciones de relevo y la imposibilidad de continuar en cargos de dirección, confianza, manejo, mando o alta responsabilidad. Ésto bajo la óptica de la justicia y la generación de nuevas oportunidades para otras personas y profesionales dentro de la institución.
 
- Se habla de los criterios de evaluación objetiva, conocida y los derechos de impugnación.
 
- Se habla de una administración eficiente y transparente con contratos solo con referentes de legalidad y sin posibilidad de coimas , sobornos o dádivas para quienes participen o tengan la intención de participar en contrataciones.
 
- Se establecen prohibiciones para los jefes en relación con recibir dádivas, regalos de sus dependientes que pongan en vilo la independencia.
 
- Se plantea la inexistencia de gastos reservados, por lo que ninguna autoridad de gobierno podrá desviar recursos por fuera de la contabilidad institucional.
 
- Se establecen criterios para las funciones sustantivas, para que generen lineas de trabajo orientadas a la calidad y al desarrollo de su función.
 
- Se protegen los derechos de autor, la propiedad intelectual y el habeas data.
 
- Se obliga a una publicidad y comunicación transparente y objetiva.
 
- Se obliga a una motivación de las respuestas y celeridad de las mismas. Por ninguna razón, habrán personas o Unidades que no respondan requerimientos o que los respondan de manera tardía o inmotivada.
 
- Se postula el principio de desobediencia de vida, es decir, que nadie estará obligado a acatar una orden que viole la ley, los reglamentos o los procedimientos internos, con el deber de denunciar al Jefe que incurre en estas conductas.
 
- Se establecen los órganos responsables de la modificación y reforma.
 
- Se establecen los fines del Código de Buen Gobierno, con el fin de que en la Universidad Católica Luis Amigó jamás se presenten actos de corrupción, en cualquiera de sus expresiones: nepotismo, despotismo, abuso de poder, colisión de intereses, fraude, sobornos, desviación de recursos y otras que puedan presentarse.
 
Se faculta a todos los empleados y aún a cualquier ciudadano para que pueda denunciar conductas de los empleados que pongan en entre dicho la transparencia, la ética y la legalidad, siempre que se identifiquen y aporten pruebas, al menos, sumarias.
 
- Se establecen como conductas disciplinarias aquellas que contravengan lo prescrito en el Código de Buen Gobierno y Transparencia o los principios teleológicos que lo orientan.
 
La Secretaría General, posteriormente allegará el texto completo del Código de Buen Gobierno y Transparencia y las acciones derivadas que corresponden a las diferentes Unidades.
 
Con este Código, la Universidad pretende ganar en gobernabilidad, en términos de gobernanza y con criterios objetivos de transparencia, orientado desde su convicción ética de "actuar siempre bien, desde la mirada de todos sus estamentos y grupos de interés".
 
Este código inicia a partir del 13 de agosto de 2019.