Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 174. Estímulos laborales para empleados y docentes. Resolución Rectoral N° 86 del 22 de noviembre de 2022

Publicado por Secretaria.general el 16/2/2023 (236 lecturas)

Con el fin de ayudar en el bienestar de los empleados de la Universidad Católica Luis Amigó, administrativos y docentes, mejoramiento de su calidad de vida y generación de condiciones de proyección humana y profesional, el rector general actualizó la carta de estímulos laborales, según resolución rectoral N ° 86 del 28 de noviembre de 2022.
 
Esta disposición deroga las resoluciones rectorales N° 47 del 4 de noviembre de 2016 y N° 12 del 7 de abril de 2017.
 
Se integran a ella también  otras disposiciones específicas que reglamenten asuntos acá considerados.
 
Iniciará su vigencia a partir del 1 de marzo de 2023 y no tendrá carácter retroactivo.
 
Enunciamos los principales estímulos, los cuales, cada uno en particular tendrán condiciones y requerimientos para acceder a ellos.
 
 1. Por calidad en la prestación del servicio y logro de indicadores de calidad. Será otorgada a aquellos empleados que con su quehacer comprometido y de alta calidad hayan logrado el posicionamiento institucional con reconocimiento de calidad e indicadores objetivos, a saber
 
A. Obtención de la Acreditación de Alta Calidad de un Programa Académico, Acreditación de Alta Calidad Institucional, siempre que haya acompañado todo el proceso de Autoevaluación desde el inicio
Empezará a regir para los Programas que inicien el proceso de Acreditación o renovación de la misma, a partir de la vigencia de esta norma. No aplicará para los trámites que se encuentren en curso.
 
B. Por nuevos Programas y funcionamiento. 
Cuando se trate de renovación de registros calificados se otorgará el 20% del salario al director del programa, coordinador o quien haga sus veces que lo haya liderado durante todo el proceso, siempre que se obtenga la renovación y se active una cohorte durante el primer año de vigencia de la misma.

Empezará a regir para los Programas que inicien renovación del registro calificado, a partir de la vigencia de esta norma. No aplicará para los trámites que se encuentren en curso.
 

C. Por desarrollo de patentes. Siempre que se obtenga la patente debidamente registrada y se comercialice con aprovechamiento industrial por la Universidad. En cada caso, se establecerá el reconocimiento económico a su creador.

D. Por creación y venta de productos de extensión al sector externo (empresarial y de servicios). La Universidad reconocerá una comisión por venta a quien llegare a crear productos nuevos de extensión, tales como: asesorías, consultorías, formación continua, entre otros y sean vendidos efectivamente al sector externo (empresas, organizaciones diferentes a las de la misma Congregación de Religiosos Terciarios Capuchinos) con un margen de excedentes institucionales, en los términos que reglamenten específicamente esta situación. 


E. Por producción artística y cultural debidamente reconocida en escenarios nacionales e internacionales. 
 
 
F. Bonificaciones por proyectos especiales. 
La Rectoría podrá entregar directamente bonificación a determinados empleados por el desarrollo de proyectos especiales encargados por éste para el crecimiento y el desarrollo institucional.

G. Por representación institucional en el extranjero en actividades culturales y deportivas. Quienes participen en actividades culturales y deportivas en eventos nacionales e internacionales, en representación de la Universidad y obtengan los dos primeros lugares.

H. Por antigüedad y calidad en el servicio

1. 25 años de servicios: tendrá una bonificación no constitutiva del salario equivalente al 100% del salario básico del mismo.


2. 20 años de servicios: tendrá una bonificación no constitutiva de salario equivalente al 40% del salario básico del mismo.

3. 15 años de servicios: tendrá una bonificación no constitutiva de salario básico del 20% del salario básico del mismo.


2 Descansos sabáticos remunerados por logro de indicadores y antigüedad. 

A. Por logro de indicadores: se otorgará a aquellos que tengan responsabilidades directas en la Acreditación Institucional o de Programas, previa evaluación del compromiso por parte de los actores y líderes y siempre que se cuente con el resultado respectivo, así:

● Directores de Programa, Coordinadores o quienes hagan sus veces: tres días remunerados de descanso, consecutivos.

● Para empleados de dirección, confianza o manejo con notoria incidencia en el resultado: tres días de descanso remunerado consecutivos y solo cuando acontezca la Acreditación Institucional, según consideraciones de la Dirección de Planeación y la Rectoría.

● Para líderes de grupos de investigación que obtengan la máxima categoría en MinCiencias: dos días de descanso remunerado.

B. Por antigüedad. Para empleados que celebren 25 años de servicio: tres días de descanso remunerado.

Para empleados con 20 años de servicio: dos días de descanso remunerado.

Podrán disfrutarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha del aniversario.

3. Estímulos en capacitación para participar en seminarios, congresos, cursos, diplomaturas, conferencias.
Se ofrecerán, previo análisis por parte del Departamento de Gestión Humana y la Oficina de Cooperación Institucional y Relaciones Internacionales, autorizados en el Comité Capacitación, Promoción y Desarrollo Humano, según los perfiles y competencias de los empleados, el plan de formación establecido en la correspondiente anualidad, la pertinencia institucional y las necesidades profesionales y personales del empleado para el logro de los desarrollos de la Universidad.

4. Descuento para estudios de Pregrado y Posgrado de cónyuges o hijos. 
 
A. Estudios de Pregrado
 
B. Estudio de Posgrado para familiares de empleados.
 
C. Estudios de Pregrado de empleados

D. Estudios de Especializaciones, Maestrías y Doctorados para docentes y empleados

La Universidad podrá otorgar auxilios condonables o no para cursar Doctorados, en los términos de la reglamentación específica que se establezca.

5Descansos remunerados para el bienestar 
 
La Semana Santa, la cual incluye los días Lunes, Martes y Miércoles Santos. Una semana en mitad de año, comprendida entre la última semana de junio y la primera semana de julio.

6.  Cobertura beneficio Póliza de Salud
 
A. Póliza de salud. Con una capacidad para 110 empleados la cual será rotativa en la medida en que se vaya liberando cupos.
 
Parámetros según remuneración mensual
Beneficio asumido por la Universidad
(% del precio total de
la póliza anual)
Hasta 1.5 SMMLV.
90%
Entre 1.6 y 2.5 SMMLV.
80%
Entre 2.6 y 3,5 SMMLV.
70%
Entre 3,6 y 4,5 SMMLV.
60%
Más de 4,5 SMMLV.
50%
 
Quienes en la actualidad cuenten con Póliza de Salud, continuarán con los mismos descuentos establecidos en la Resolución Rectoral No. 47 del 4 de noviembre de 2016.
 
B. Seguro de Vida

La Universidad proveerá a los empleados de un Seguro de Vida Colectivo, que cubrirá los siguientes riesgos: muerte natural, muerte accidental, desmembración e inhabilitación permanente y gastos médicos por accidente.
 
Las cuantías y otros riesgos y amparos serán determinados conforme al convenio pactado con la respectiva aseguradora. 
 
7°. Servicios Institucionales de Bienestar Institucional.
Con el fin de contribuir al desarrollo humano de los empleados y su respectivo grupo familiar, éstos serán beneficiarios de los servicios de Bienestar Institucional. Para el uso de tales servicios se pagarán las tarifas previstas institucionalmente pudiendo ser gratuitos, según lo reglamentado al respecto.
 
 
8°. Auxilio económico por acceso a pensión de vejez o de invalidez
El empleado de la Universidad con vinculación laboral de tiempo completo a término indefinido, año calendario o año académico, con más de quince años de servicio continúo prestados a la Universidad y que una vez cumplidos los requisitos para ser beneficiario del sistema pensional obtenga la respectiva pensión, bien sea de invalidez o de vejez, recibirá como bonificación el equivalente a 1 SMMLV por una sola vez, el cual será pagado en el momento de la liquidación final. Los quince años de servicio continuo deberán ser inmediatamente anteriores al momento de causarse los requisitos para acceder a este beneficio. No procede para quienes soliciten devolución de saldos o accedan a pensión mínima de garantía.

9°. Estímulos por logros académicos, eventos familiares y solidarios.

1. Grado de Magister o Doctor. Por Grado de Magister, la Universidad entregará el 15% de un SMMLV y por Grado de Doctor el 25% de un SMMLV, siempre que los estudios no se hubieran realizado con descuento o apoyo institucional y la titulación sea uno de los compromisos asumidos.

Este se otorgará para el primer título de Maestría o Doctorado. Si tuviere varios títulos en el mismo nivel de formación, solo se otorgará para el primero, siempre que se titule estando al servicio de la Universidad. Aplicará para docentes y administrativos con vinculación de tiempo completo, año académico, año calendario o indefinido.

2. Bonificación por productos de ciencia, tecnología e innovación. En los términos que se establezca en la reglamentación específica.

3. Por reconocimiento como investigador y por estar adscrito en grupos de investigación reconocidos en las dos primeras categorías de MinCiencias. Podrá entregarse una bonificación en los términos que se establezca en la reglamentación específica.
 
4. Nacimiento de un hijo. Para empleados, docentes de tiempo completo, con antigüedad no inferior a dos (2) años, con duración de año calendario, académico, semestre académico o indefinido, el 15% de un SMMLV.

5. Matrimonio civil o canónico. Para empleados y docentes de tiempo completo, solo para su primer matrimonio, con una antigüedad no inferior a dos (2) años, con contratos de semestre académico, año calendario, año académico e indefinido: tres días de descanso inmediatos al hecho, en cuanto coincidan con días hábiles y el 15% de un SMMLV.

6. Bodas de plata de matrimonio civil o canónico. Para empleados y docentes de tiempo completo, con una antigüedad no inferior a dos (2) años en la Institución, con duración de año calendario, académico o indefinido o semestre académico, previa acreditación inequívoca del hecho al momento de la causación por un bono o invitación equivalente al 20% de un SMMLV, para una cena con descripción de las dos personas homenajeadas en calidad de únicos beneficiados.

7. Enfermedad grave: un subsidio por enfermedad en los tiempos y cuantías establecidas en la reglamentación correspondiente.

8. Reconocimiento internacional o nacional, siempre que incida en los indicadores de alta calidad para Acreditación. Una bonificación del 40% de un salario mínimo, previa evaluación de la misma realizada por la Oficina de Cooperación interinstitucional y Relaciones Internacionales, Dirección de Planeación y el Departamento de Gestión Humana y cuente con el visto bueno del Rector General. El reconocimiento debe darse en nombre de la Universidad Católica Luis Amigó.
9. Bono de solidaridad familiar por catástrofe por hecho o desastre de la naturaleza o fuerza mayor. La Universidad dará un auxilio económico hasta de un salario mínimo por catástrofe natural o desastre u otras por razones de fuerza mayor, previa evaluación de la Dirección de Bienestar Institucional y el Departamento de Gestión Humana, con el visto bueno del Rector General, para ayudar a solventar la situación del empleado que quede en condiciones de difícil situación de sobrevivencia por hechos imprevisibles o irresistibles de la naturaleza.

10. Día de la familia. La Universidad otorgará en cada semestre un día de descanso o planeado directamente por la caja de compensación o la misma Institución para que los empleados disfruten con su grupo familiar, según lo programado en el calendario administrativo. Este estará vigente hasta el inicio completo de la reducción de la jornada laboral, según la Ley 2101 del 15 de julio de 2021. Es decir, hasta el 15 de julio de 2025
.

10°.  Estímulos por incapacidades de salud


11°. Estímulos para recreación

A. Vacaciones recreativas de los niños
B. Acceso compartido a Villa Amigó Copacabana.
C. Programa “Los niños vuelven a la u”. 

12°. Tiquetera emocional
La Universidad implementará una tiquetera emocional con el objetivo de otorgar tiempo de bienestar para el disfrute y descanso de los empleados o atender situaciones coyunturales. Son éstas:

A. Media jornada por cumpleaños. (Solo en el día calendario del cumpleaños).
B. Media jornada para asistir a un evento cultural.
C. Un día para la celebración de grados. (Solo en el día calendario de la graduación).
D. Media jornada para acompañar al animal de compañía mientras esté enfermo y sea indispensable el acompañamiento.
E. Un día para el duelo por la pérdida de animal de compañía o mascota. (Solo en el día calendario del suceso y solo para una mascota).
F. Viernes corto. (Salir 2 horas antes de finalizar la jornada laboral).
G. Un día libre por mudanza. (Solo en el día calendario de la mudanza).
H. Media jornada libre para diligencias personales.
I. Media jornada libre para los papás en Halloween o semana de receso escolar. (Uno de los dos y aplica para empleados con hijos menores de 15 años).
J. Alargar el tiempo de almuerzo. (hasta 1 hora adicional, por causa justificada y siempre que no se afecte el servicio).
 k. Detalle por cumpleaños. (En cada anualidad y de conformidad con la disponibilidad presupuestal).

13. Reconocimientos institucionales
La Institución reconocerá anualmente a empleados y docentes, con reconocimientos institucionales, en las diferentes categorías establecidas por el Consejo Superior, que podrá implicar en algunas de ellas, también estímulos económicos o subsidios para estudios.

Corresponde a los Departamentos de Gestión Humana y Relaciones Laborales, en lo que se asigne a cada uno de ellos, verificar el cumplimiento de condiciones del empleado o docente, para acceder a los estímulos acá descritos. 

Se anexa el texto en el cual podrán observar en detalle los requerimientos y condiciones para cada uno de estos 13 estímulos.

La Universidad Católica Luis Amigó seguirá invirtiendo en su talento humano, en condiciones de bienestar y dignificación del trabajo, dentro de la viabilidad financiera de la institución.    

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