Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 145. Inicia vigencia nuevo Reglamento Interno del Trabajo. Desde el 1 de septiembre de 2022

Publicado por Secretaria.general el 13/2/2023 (160 lecturas)

 El Consejo Superior aprobó un nuevo Reglamento Interno del Trabajo, según Acuerdo Superior 04 del 26 de julio de 2022.

 
Este reglamento surtió las formalidades de ley: fue publicado para que los empleados presentaran sus observaciones, según comunicado 132  del 26 de julio de 2022 de la Secretaría General, con un plazo entre el 27 de julio y el 17 de agosto de 2022 (en cumplimiento de la ley 1429 de 2010). 
 
Cuatro empleados hicieron observaciones en relación con: trabajo prohibido para las mujeres, trabajo de los menores de edad, procedimiento ante accidentes laborales, incorporación nuevo decreto reglamentario para el teletrabajo y recurso de apelación en los procesos disciplinarios. 
 
El reglamento tiene 30 capítulos y 86 artículos, de los cuales sobresalen las siguientes novedades:
 
- Actualización de documentos para la admisión.
 
- Efectos de evaluación deficientes de desempeño en dos periodos consecutivos.
 
- Frente a la jornada de trabajo se indica lo relativo para personal administrativo y docente y se indica el horario de atención en áreas de servicios para dar atención a los estudiantes. 
 
- El horario de los docentes será de 40 horas semanales. La programación de su horario no podrá ser inferior a 4 horas consecutivas y el horario de descanso oficial para su almuerzo será programado por éste, sin que necesariamente deba coincidir con el horario del personal administrativo.
 
- Los horarios podrán ser modificados según las necesidades del servicio.
 
- Se incorpora la ley 2101 de 2021 respecto a la reducción de la jornada laboral para empleados administrativos a partir de 2025, la cual será de 42 horas a la semana.
 
- Se indica que en los periodos de vacaciones de los estudiantes todos los empleados deberán cumplir la jornada laboral institucional lo cual será verificado de manera oficiosa por el jefe del Departamento de Relaciones Laborales. 
 
- Las horas extras son solo autorizadas por el rector y los Departamentos de Relaciones Laborales y Gestión Humana.
 
- Se incorpora el día de la familia como día de descanso remunerado, en cuanto no haya programación por parte de la universidad. Este día,  continuará solo hasta el semestre 1 de 2025, pues después desaparecerá en los términos de la ley 2101 de 2021.
 
- Se habla del procedimiento de los trabajadores en caso de incapacidades por la EPS o de manera particular, con la obligación de transcripción en este último caso.
 
- Se considera el permiso por calamidad doméstica y se define este evento.
 
- Se establece la escala de autorización de permisos y licencias, para lo cual se deberá diligenciar el formato que posteriormente se allegará. Solo quedan facultados: jefe inmediato, Departamento de Relaciones Laborales y Rector General, incluyendo los Centros Regionales en los que, para este caso, se considerará jefe inmediato solo al Director del Centro Regional. Se colocan condiciones para remuneración o no de las mismas  y cumplimiento de requisitos.
 
- Se incorpora la licencia parental flexible de tiempo parcial según la ley 2114 de 2021.
 
- Se incorpora la licencia parental compartida según la ley 2114 de 2021. 
 
- Se incorpora la no interrupción de licencia de luto en situaciones de ley u otros eventos. Solo se interrumpe por periodo de vacaciones legales. 
 
- Se incorporan como cargos  con potestad disciplinaria al Rector y al Departamento de Relaciones Laborales.
 
- Se incorporan deberes, prohibiciones y obligaciones del trabajador. Se destacan, entre otras, éstas prohibiciones especiales:
 
Llevar menores de edad, cualquiera sea el vínculo con el trabajador al lugar de trabajo sin la autorización previa y expresa del Departamento de Relaciones Laborales, siempre que se consideren razones de conveniencia.

Llevar mascotas a la Universidad salvo requerimiento médico debidamente certificado por condiciones particulares del trabajador y con la autorización previa y expresa del Departamento de Relaciones Laborales.
 
- Se incorporan faltas graves.
 
-  El Departamento de Relaciones Laborales podrá realizar investigaciones disciplinarias de oficio o mediante conocimiento del hecho de la denuncia por un tercero.
 
- El recurso de apelación de los procesos disciplinarios se realizará ante la Secretaría General.
 
- Se incorporan las condiciones para teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa.
 
- Se incorpora lo relativo a la desconexión digital y respeto al descanso de los trabajadores.
 
-  Se incorpora lo relativo a la garantía y protección de los medios tecnológicos.
 
- Se incorpora el cumplimiento de la política de alcohol, drogas y tabaquismo.
 
- Se incorpora la política de protección de datos personales.
 
Este Reglamento deroga los Acuerdos Superiores N° 04 y 05 de 2017.  
 
Se solicita que se publique en las carteleras de los Centros Regionales y Medellín.
Se anexa el texto.
 
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