Universidad Católica Luis Amigó

Secretaría General, Gobierno Institucional y Reglamentos

Comunicado 118. Reconocimientos de aprendizajes previos (RAP) decreto 946 del 1 de junio de 2022

Publicado por Secretaria.general el 8/2/2023 (301 lecturas)

 El Ministerio del Trabajo expidió el decreto 946 del 1 de junio de 2022, por medio de la cual se adopta el reconocimiento de aprendizajes previos (RAP), lo cual modifica el decreto 1072 de 2015, único reglamentario del sector trabajo.

 
Establece:
 
- Reglamenta la cualificación del conocimiento de aprendizajes previos para garantizar movilidad laboral, educativa y formativa.
 
- Aplica para personas naturales y extranjeras, entidades públicas y privadas.
 
- Define como aprendizajes previos los obtenidos por personas a lo largo de la vida, independientemente de donde, cuando y como fueron adquiridos. Incluye aprendizajes empíricos y autónomos adquiridos en el lugar de trabajo, en la comunidad y como parte de su vivir diario.   
 
- No requiere aprendizajes institucionalizados.
 
- El reconocimiento se realizará mediante evaluación, certificación de competencias u otros mecanismos.
 
- Se otorgará certificación de cualificación siempre que la persona demuestre la totalidad de las competencias y los resultados de aprendizaje.
 
- Se rige por los principios de calidad, pertinencia, equidad, oportunidad, posibilidad, movilidad, aprendizaje a lo largo de la vida, diversidad, igualdad, inclusión, flexibilidad y transparencia.
 
- Busca la formalización de aprendizajes, valorar los mismos, facilitar acceso, movilidad laboral, empleabilidad, reconversión laboral y mejoramiento de la cualificación de las personas.
 
- Se tomarán como referentes, el catálogo nacional de cualificaciones, los catálogos sectoriales de cualificaciones, las normas internacionales de competencia laboral, entre otros.  
 
- Se establecen como mecanismos para el reconocimiento de aprendizajes: la evaluación y verificación de competencias, la verificación de certificaciones en competencias obtenidas en el exterior, la validez en programas educativos y formativos (en educación superior, educación para el trabajo y el desarrollo humano, entre otros).  
 
- También reconoce la equivalencia en estudios parciales, programas finalizados, resultados de aprendizaje, títulos otorgados o certificados por una institución, programas de educación superior o de educación para el trabajo y el desarrollo humano, estudios realizados en el exterior, entre otros.
 
- Quien demuestre competencias y resultados de aprendizaje obtendrá un certificado de cualificación.   
 
- Esta certificación tendrá reconocimiento en el sector empresarial y laboral.
 
- Estas certificaciones no conducirán a títulos ni a certificaciones en materia educativa superior o de formación para el trabajo y el desarrollo humano, pero permite en las instituciones hacer reconocimientos de conformidad con la ley y los reglamentos internos.
 
El Ministerio de Trabajo establecerá un sistema de aseguramiento y garantía de la calidad para el reconocimiento de aprendizajes previos.