Universidad Católica Luis Amigó

Vicerrectoría de investigaciones

Comunicado No. 1

Publicado por Cmunoz el 22/1/2021 (397 lecturas)

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COMUNICADO No. 1
22 de enero de 2021

LINEAMIENTOS PARA COTEJAR Y AVALAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS DEL MEN: PRODUCTOS RESULTADOS DE ACTIVIDADES DE GENERACIÓN DE NUEVO CONOCIMIENTO

La Vicerrectoría de Investigaciones, en su compromiso con la calidad, transparencia y buenas prácticas, reitera lo indicado en su comunicado del 14 de enero de 2020 (https://www.funlam.edu.co/modules/fond ... orial/item.php?itemid=549), mediante el cual se divulgaron los lineamientos establecidos para cotejar y avalar el cumplimiento de las exigencias del Ministerio con respecto a los productos resultados de actividades de generación de nuevo conocimiento.

Tales directrices, entre otros asuntos, indican que se negará el aval a productos de investigación cuando:


1. A pesar de que la institución editora sea académica, se hallen inconsistencias en cualquiera de los datos o incumplimiento en lo descrito en las guías de verificación utilizadas por la Vicerrectoría de Investigaciones y que concuerdan con lo exigido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

2. Existan situaciones que puedan influir en los resultados o interpretación del escrito, bien por vínculos afectivos o por algún tipo de conveniencia: financiera, laboral, profesional, personal o cualquier otra de la que pueda desprenderse un juicio no objetivo sobre el texto. Ello implica que no se avalen productos de editoriales externas cuyo comité de selección o evaluación esté conformado en su totalidad o participen docentes de la Universidad Católica Luis Amigó.

3. La institución editora ejerce una influencia indebida sobre el autor solicitándole u ofreciéndole algún tipo de beneficio a cambio de evadir o influir en alguna actividad del proceso de edición.

4. No sea posible confirmar la existencia de la institución editora.

5. Circunstancias que representen conflicto de intereses, tales como instituciones editoras conformadas o representadas por particulares vinculados laboralmente con la Universidad Católica Luis Amigó, o por sus familiares. Sobre este caso, es de resaltar que no se avalará ningún producto editado por instituciones creadas o administradas por docentes de la Universidad, aunque estas demuestren el respaldo del sector educativo nacional o internacional.

6. Se hallen prácticas disconformes con la normatividad nacional e institucional, entre otras, incluir en las plataformas del Ministerio información errónea o constancias de publicación emitidas por editoriales externas o la interna en remplazo de la carta de aval firmada por el Representante Legal de la Universidad Católica Luis Amigó.

Estos últimos cuatro numerales, en particular, han ido en aumento en la sociedad colombiana y generan círculos viciosos que afectan la verdadera razón de ser de la investigación, el buen nombre de las instituciones académicas y el detrimento de sus recursos económicos que comprenden nómina, inversiones, viáticos, viajes, convocatorias, alianzas y demás. Por tanto, la Universidad Católica Luis Amigó sancionará a los investigadores y grupos que recurran a prácticas irregulares como las descritas.

Los lineamientos de aval aquí mencionados son aplicables a los artículos de investigación; antes de su publicación, los autores (docentes investigadores) deberán verificar que no se trate de publicaciones descontinuadas, que hayan perdido la indexación, o que hubiesen sido denunciadas como depredadoras.