Universidad Católica Luis Amigó

Bienestar Institucional


Área de salud integral


Es el área encargada de ofrecer servicios para el cuidado de la salud física y mental, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de estudiantes y empleados.

El área de salud integral cuenta con las siguientes reglamentaciones:

  • La ley 1090 de 2006, la cual reglamenta el ejercicio de la profesión de psicología, en él se dicta el código Deontológico y Bioético y se dan otras disposiciones para su funcionamiento.
  •  Ley 100 de 1993 y la Ley 1122 de 2007, por la cual se crea y modifica el Sistema General de Seguridad Social en Salud, promueven la cobertura universal en salud para la población colombiana.
  • Resolución 412 de 2000 del Ministerio de Protección Social y sus modificaciones, reglamentan las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
  • Decreto 1011 de 2006 del Ministerio de la Protección Social y las resoluciones que lo reglamentan, establecen el Sistema de Garantía de Calidad para Instituciones Prestadoras de Salud.
  •  Acuerdo 003 de 1995 del CESU reglamentó las políticas de Bienestar universitario y en su Artículo 6 estableció que el bienestar universitario en las instituciones de Educación Superior deben (sic) tener, entre otras, un área de salud cuyos programas deben ser enfocados hacia la prevención y corrección de las condiciones ambientales, físicas y síquicas de la comunidad universitaria.
Servicio médico
Servicio psicológico
Ruta de Atención a Emergencias Médicas
Ruta de Atención Integral a las violencias basadas en Género
Ruta de Atención Integral al comportamiento suicida